PRÉSTAMOS DEL ICF - ACC10 A LA INNOVACIÓN EN CATALUNYA
Resumen del DOGC 11-03-2010 - Rsl. IUE/610/2010
PLAZO SOLICITUDES: hasta el 31-12-2010 o hasta que se agote el importe.
Las solicitudes deben dirigirse al ICF. Impresos www.icf.cat o www.acc10.cat
OBJETO: línea de préstamos en condiciones preferentes ICF-ACC1Ó Innovación para la financiación de proyectos de inversión que fomenten la investigación, el desarrollo, la innovación, la modernización tecnológica industrial y la industrialización de proyectos de I+D+i.
BENEFICIARIOS: empresas sede social u operativa en Cataluña. No pueden ser beneficiarias las empresas dedicadas a los sectores de la pesca y la producción primaria de productos agrícolas. Las actividades de comercialización y transformación de productos agrícolas podrán acogerse siempre y cuando la ayuda no se establezca en base al precio o la cantidad de productos de este tipo adquiridos por los productores primarios o comercializados por las empresas afectadas, o si la concesión de la ayuda está condicionada a la obligación de cederla total o parcialmente a productores primarios.
INVERSIONES Y GASTOS FINANCIABLES:
• Inversiones proyectos I+D+i: gastos asociados al proyecto de I+D+i, tales como los de personal propio y colaboraciones externas, los de adquisición de equipamientos, instrumental y material destinado a la actividad de I+D+i, así como los de suministros y otros productos similares directamente derivados de la actividad de investigación.
• Inversiones en modernización tecnológica industrial: aquellos activos fijos relacionados con la incorporación en la empresa, en el ámbito industrial, de tecnologías de última generación, de nuevos equipos tecnológicamente avanzados o la mejora tecnológica de sus procesos actuales (nivel de calidad, automatización, reducción de costes, etc.).
• Inversiones en industrialización de proyectos de I+D+i: adquisición de materiales para realizar preseries industriales, instalaciones o equipos de laboratorio necesarios y dedicados exclusivamente a las actividades de I+D+i, los equipos industriales y maquinaria vinculada al proceso de industrialización, las inversiones en tecnologías relacionadas con el diseño o la fabricación de nuevos productos o mejora de estos, y los gastos de personal propio o de colaboraciones externas asociadas a la actividad de industrialización del proyecto.
Con el fin de poder considerar activables como inversión las partidas de gastos asociados a I+D+i, la empresa deberá presentar el informe de un auditor que certifique que se activarán en el balance de la empresa.
En caso de adquirir materiales para realizar preseries industriales, será necesario que un auditor certifique su activación en tanto que activo fijo.
Se consideran objeto de financiación las necesidades directas de circulante necesarias para el desarrollo del proyecto de inversión hasta un máximo del 30% del importe del préstamo.
Al mismo tiempo, se aceptarán inversiones realizadas por la empresa con 6 meses antes de la fecha de registro de la solicitud de préstamo.
Condiciones de los préstamos del ICF
Cuantía máxima no podrá exceder del 80% de la inversión a realizar, IVA excluido.
El importe mínimo de las operaciones se establece en 300.000 euros y el importe máximo por beneficiario no podrá ser superior a 5.000.000 de euros.
-Plazo amortización: se fijará conforme a las características del proyecto financiado, con un límite máximo de 12 años, incluidos hasta 2 años de carencia de amortización de principal.
-Interés: Euribor + diferencial entre 1,75% y 2,75% según el proyecto y solvencia prestatario.
Características de la ayuda del CIDEM:
El CIDEM aportará una ayuda del 4% del importe del préstamo efectivamente dispuesto y su abono se realizará mediante un único pago
AIICA - Avda. Pla de la massa, s/n - 08700 IGUALADA (Barcelona) - Tel 93 805 53 88 Fax 93 805 06 18 - info@aiica.com